{"id":356,"date":"2020-05-14T23:44:03","date_gmt":"2020-05-14T21:44:03","guid":{"rendered":"https:\/\/blogs.ugr.es\/almenara\/?p=356"},"modified":"2020-05-14T23:44:03","modified_gmt":"2020-05-14T21:44:03","slug":"48-union-aduanera-y-convenio-cites","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.ugr.es\/almenara\/48-union-aduanera-y-convenio-cites\/","title":{"rendered":"48. Uni\u00f3n aduanera y Convenio CITES"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-medium wp-image-357\" src=\"https:\/\/blogs.ugr.es\/almenara\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2020\/05\/IMG_1364-300x225.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"225\" srcset=\"https:\/\/blogs.ugr.es\/almenara\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2020\/05\/IMG_1364-300x225.jpg 300w, https:\/\/blogs.ugr.es\/almenara\/wp-content\/uploads\/sites\/67\/2020\/05\/IMG_1364.jpg 640w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/p>\n<p>En la entrada 14 se trat\u00f3 la Integraci\u00f3n Econ\u00f3mica Internacional. Como se vio, la integraci\u00f3n es un proceso que contempla diferentes fases. Una de ellas, la <strong>uni\u00f3n aduanera<\/strong>, constituye un eslab\u00f3n primordial en la cadena integracionista. Consiste en una agrupaci\u00f3n de pa\u00edses que han suprimido cualquier tipo de obst\u00e1culo comercial en sus relaciones comerciales rec\u00edprocas\u00a0 (es decir, aranceles y otros mecanismos como los que se han visto en entradas anteriores), permitiendo la libre circulaci\u00f3n de productos entre ellos. Pero adem\u00e1s, esa agrupaci\u00f3n ha armonizado sus decisiones de pol\u00edtica comercial como un todo, de manera que aplican la misma normativa en sus relaciones con terceros pa\u00edses (es decir, los que no pertenecen a la uni\u00f3n aduanera). Por lo tanto, la formaci\u00f3n de una uni\u00f3n aduanera requiere dos requisitos:<\/p>\n<ol>\n<li>Un desarme proteccionista entre los miembros del \u00e1rea,<\/li>\n<li>Una armonizaci\u00f3n arancelaria y comercial conjunta frente al resto.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La Uni\u00f3n Europea es una <strong>uni\u00f3n econ\u00f3mica y monetaria<\/strong>, es decir, ha alcanzado el mayor nivel de integraci\u00f3n que se puede dar entre pa\u00edses. Sin embargo, desde el punto de vista estrictamente comercial, es decir, el que afecta al intercambio de mercanc\u00edas, el elemento m\u00e1s relevante de la Uni\u00f3n Europea es el hecho de tratarse ante todo de una uni\u00f3n aduanera.<\/p>\n<p>Por eso, adem\u00e1s de permitir la libre circulaci\u00f3n de mercanc\u00edas entre sus miembros, aplica un arancel \u00fanico para toda el \u00e1rea (el TARIC) y las mimas regulaciones comerciales frente al exterior, recogidas en el C\u00f3digo Aduanero Comunitario.<\/p>\n<p>La propia UE se expresa en estos t\u00e9rminos respecto a su condici\u00f3n de uni\u00f3n aduanera:<\/p>\n<p><strong><em>La uni\u00f3n aduanera de la UE en acci\u00f3n<\/em><\/strong><\/p>\n<p><em>Creada en 1968, la uni\u00f3n aduanera de la UE facilita el comercio a las empresas de la UE, armoniza los derechos de aduana sobre las mercanc\u00edas procedentes de fuera de la UE y ayuda a proteger a los ciudadanos, los animales y el medio ambiente de Europa.<\/em><\/p>\n<p><em>En la pr\u00e1ctica, la uni\u00f3n aduanera implica que las autoridades aduaneras de los 27 pa\u00edses de la UE trabajan juntas como si fueran una sola. Aplican las mismas tarifas a las mercanc\u00edas importadas en su territorio procedentes del resto del mundo y no aplican tarifas internas.<\/em><\/p>\n<p><em>En el caso de la UE, esto significa que no hay que abonar derechos de aduana cuando los bienes se transportan de un pa\u00eds de la UE a otro. Los derechos de aduana de las mercanc\u00edas importadas en la UE representan en torno al 14% del presupuesto total de la UE y forman parte de sus \u00abrecursos propios tradicionales\u00bb.<\/em><\/p>\n<p><em>Los controles aduaneros en las fronteras exteriores de la UE protegen a los consumidores frente a mercanc\u00edas y productos que podr\u00edan ser peligrosos o perjudiciales para su salud. Protegen a los animales y el medio ambiente mediante la lucha contra el comercio il\u00edcito de especies amenazadas y previniendo las enfermedades animales y vegetales.<\/em><\/p>\n<p><em>Las autoridades aduaneras colaboran con la pol\u00edtica y los servicios de inmigraci\u00f3n en su lucha contra la delincuencia organizada y el terrorismo. Luchan contra el tr\u00e1fico de personas, drogas, armas y mercanc\u00edas falsificadas, y comprueban que los viajeros que transportan grandes cantidades de efectivo no est\u00e9n blanqueando dinero, evadiendo impuestos o incluso financiando a organizaciones delictivas.<\/em><\/p>\n<p><em>Las aduanas de la UE combaten tambi\u00e9n el fraude fiscal por parte de empresas y particulares, que priva a los gobiernos nacionales de unos ingresos vitales para el gasto p\u00fablico.<\/em><\/p>\n<p>Como se ha dicho, una de las funciones de la uni\u00f3n aduanera es reprimir el tr\u00e1fico il\u00edcito de especies amenazadas. Respecto a esta cuesti\u00f3n, existe una convenci\u00f3n internacional que tiene precisamente ese objetivo: se trata del Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre, o convenio <strong>CITES<\/strong> (<em>Convention on International Trade in Endangered Species of Wild Fauna and Flora<\/em>). Dicho convenio, seg\u00fan su web (<a href=\"http:\/\/www.cites.es\/es-ES\/elconveniocites\/Paginas\/Aplicaci\u00f3n-en-la-UE.aspx\">http:\/\/www.cites.es\/es-ES\/elconveniocites\/Paginas\/Aplicaci\u00f3n-en-la-UE.aspx<\/a>):<\/p>\n<p><em>Busca preservar la conservaci\u00f3n de las especies amenazadas de fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio.<\/em><\/p>\n<p><em>\u00a0<\/em><em>Fue firmado en Washington el 3 de marzo de 1973 por 21 pa\u00edses\u00a0entrando en vigor en 1975. En la actualidad\u00a0se han adherido 183\u00a0Partes, es decir,\u00a0casi todos los pa\u00edses del mundo forman parte de la Convenci\u00f3n. La <strong>adhesi\u00f3n de Espa\u00f1a<\/strong> al Convenio CITES se efectu\u00f3\u00a0el 16 de mayo de 1986. <\/em><\/p>\n<p><em>\u00a0<\/em><em>El Convenio CITES establece una red mundial de controles del comercio internacional de especies silvestres amenazadas y de sus productos, exigiendo la utilizaci\u00f3n de permisos oficiales para autorizar su comercio. Por tanto, la protecci\u00f3n se extiende a\u00a0los animales y plantas, vivos o muertos, sus partes, derivados\u00a0o productos que los contengan; es decir, tambi\u00e9n se protegen las pieles, marfiles, caparazones,\u00a0instrumentos musicales, semillas, extractos para perfumer\u00eda, etc. elaborados a partir de espec\u00edmenes de especies incluidas en el Convenio. <\/em><\/p>\n<p><em>\u00a0<\/em><em>El objetivo es asegurar que el comercio internacional de espec\u00edmenes de animales y plantas de origen silvestre sea sostenible y no ponga en peligro su supervivencia. Esto supone esencialmente prohibir el comercio de las especies en peligro de extinci\u00f3n y regular el comercio de las especies amenazadas o en peligro de estarlo.<\/em><\/p>\n<p><em>\u00a0<\/em><em>Para el funcionamiento del Convenio, existen dos \u00f3rganos: <\/em><\/p>\n<ul>\n<li><i><em>La <strong>Conferencia de las Partes<\/strong>, \u00f3rgano superior del Convenio. Re\u00fane a todos los Estados Contratantes del Convenio (pa\u00edses Parte o Partes) por lo menos una vez cada 2 o 3 a\u00f1os en sesi\u00f3n ordinaria. (\u2026)<\/em><\/i><\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><em>La <strong>Secretar\u00eda del Convenio CITES<\/strong><\/em><em>, administrada por las Naciones Unidas, tiene su sede en Ginebra (Suiza) y est\u00e1 financiada por las aportaciones de las Partes. (\u2026) <\/em><\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><em>El Convenio establece la necesidad de obtener permisos de exportaci\u00f3n en el pa\u00eds de origen y de importaci\u00f3n en el de destino previos al intercambio de los ejemplares. Tambi\u00e9n\u00a0contempla la emisi\u00f3n de certificaciones para las excepciones previstas en el Convenio. Adem\u00e1s, el Convenio permite la posibilidad de aplicar legislaciones nacionales m\u00e1s estrictas, como es el caso aplicado por la Uni\u00f3n Europea. <\/em><\/p>\n<p><em>\u00a0<\/em><em>El objetivo final del Convenio CITES\u00a0es contribuir a garantizar que el comercio internacional de animales y plantas silvestres sea legal, sostenible y trazable. El sistema de permisos\u00a0y certificados establecido\u00a0permite que\u00a0toda mercanc\u00eda\u00a0CITES se encuentre perfectamente documentada y se conozca su origen, destino y motivo por el que se comercializa.<\/em><\/p>\n<p><em>\u00a0<\/em>En relaci\u00f3n a esta tem\u00e1tica, os recomiendo que le\u00e1is el siguiente enlace, en el que se afirma que \u201c<strong>miles de animales son asesinados para convertirse en alimentos, accesorios, ingredientes de medicina tradicional o en mascotas<\/strong> de colecciones privadas, un rubro comercial que amenaza a cinco mil 579 especies actualmente a nivel mundial\u201d:<\/p>\n<p><strong>\u201cAmenazadas, una de cada cinco especies por el comercio de animales\u201d:<\/strong><\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/aristeguinoticias.com\/1311\/lomasdestacado\/amenazadas-una-de-cada-cinco-especies-por-el-comercio-de-animales\/\">https:\/\/aristeguinoticias.com\/1311\/lomasdestacado\/amenazadas-una-de-cada-cinco-especies-por-el-comercio-de-animales\/<\/a><\/p>\n<p>Asimismo, para concienciaros de la magnitud del problema, leed tambi\u00e9n:<\/p>\n<p><strong>\u201cEl coronavirus y el comercio ilegal de fauna\u201d:<\/strong><\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.nationalgeographic.com.es\/ciencia\/coronavirus-y-comercio-ilegal-fauna_15366\">https:\/\/www.nationalgeographic.com.es\/ciencia\/coronavirus-y-comercio-ilegal-fauna_15366<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En la entrada 14 se trat\u00f3 la Integraci\u00f3n Econ\u00f3mica Internacional. 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