Por José Francisco Sedeño López

Profesor Ayudante Doctor
Universidad de Málaga

Desde que en el año 2015 la Unión Europea publicara el Primer plan de acción de economía circular, los diferentes Estados miembros han desarrollado sus propias estrategias, hojas de ruta e incluso leyes, como es el caso de España y su Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Dada su particular configuración territorial, en nuestro país, las comunidades autónomas también han aprobado sus propios instrumentos con los que han demostrado su interés en la promoción de este modelo económico. Castilla- La Mancha fue pionera, al aprobar la Ley 7/2019, de 29 de noviembre de Economía Circular de Castilla- La Mancha, que se convirtió en la primera norma autonómica con rango de ley en regular esta cuestión.

En esta línea, el legislador andaluz aprobó la Ley 3/2023, de 30 de marzo, de Economía Circular de Andalucía (LECA), norma con la que ha situado a nuestra región a la vanguardia de su fomento, pues aunque con anterioridad existía una Estrategia Andaluza de Bioeconomía Circular, la LECA la clave de bóveda del desarrollo de la economía circular en este territorio. La LECA es una ley amplia, que cuenta con un total de 87 artículos, distribuidos en siete títulos, y cinco disposiciones adicionales, ocho disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.

La LECA no solo se centra en la gestión de los residuos, sino que identifica una serie de productos clave (aparatos electrónicos, eléctricos, baterías y vehículos; plásticos y envases; productos textiles; alimentos, nutrientes y bioproductos; aguas, y construcción y edificios) que básicamente corresponden con los apuntados a nivel estatal, aunque sorprende la ausencia de referencias al sector del turismo, clave en la economía andaluza. Se debe valorar positivamente la referencia a la formación, investigación, desarrollo e innovación, claves para crear un entorno empresarial adecuado, en el que el papel de las universidades es fundamental. Y en este sentido, se plantea la creación de un Centro de Innovación Digital de Economía Circular, con el que fomentar la cooperación entre los agentes del sector. Otro de los elementos a destacar es la previsible elaboración una Estrategia Andaluza para la Economía Circular, en la que se desarrollarían en detalle las cuestiones generales que plantea la norma. La LECA fijó un plazo de 18 meses desde su aprobación para la elaboración de esta Estrategia, cuya tramitación esperemos comience en breve.

Desde el punto de vista tributario, la LECA plantea la posibilidad de establecer bonificaciones en las tasas o prestaciones patrimoniales públicas no tributarias por el servicio de recogida de basuras en favor de las empresas de distribución y restauración que introduzcan sistemas de gestión de residuos alimentarios en colaboración con las entidades de la economía social, en línea con la reciente reforma del artículo 24.6 de la Ley Reguladora de las Hacienda Locales.  Al margen de esta, la LECA también contiene reiteraciones, a nuestro juicio innecesarias, sobre aspectos ya contenidos en otras normas estatales. Por otro lado, echamos en falta una referencia expresa a la necesidad de justicia en la transición hacia la economía circular.

En cualquier caso la LECA merece una valoración positiva, que muestra el interés de los poderes públicos andaluces en fomentar la economía circular en nuestro territorio y que, como subrayábamos, sitúa a Andalucía junto a Castilla- La Mancha entre las comunidades autónomas pioneras en legislar sobre esta cuestión.