Conviene estar informado de la oferta de empleo público de PDI de la UGR, y su evolución con los años, según la tasa de reposición.
Proselitismo universitario
La UGR es la institución española que más contratos de Formación del Profesorado Universitario (FPU) del Ministerio de Universidades obtuvo en la convocatoria de 2020, con 91 de los 814 contratos adjudicados en España. Aparentemente es un buen indicador de proselitismo universitario. Sin embargo, es importante reconocer cómo se practica esta captación de talento temprano, orientada a becas de colaboración/iniciación como a contratos tipo FPU/FPI. En muchos de estos procesos altamente competitivos, el expediente académico es determinante. Pero esta realidad no debe pervertir la esencia del proselitismo universitario, sin convertirlo en un cribado selectivo de estudiantes durante el grado, especialmente en asignaturas de último curso y TFGs.
No es ético decidir la tutela de un TFG en función del expediente académico del estudiante, ni ejercer sutiles injerencias en las comisiones de TFGs para que los estudiantes brillantes obtengan la máxima calificación y no les perjudique en futuras becas/contratos. Tampoco es equilibrado dimensionar un TFG de un estudiante de buen expediente por encima de su carga docente. Todos los estudiantes deben disfrutar de las mismas oportunidades. El propio sistema con sus baremos se encarga de fijar la prelación entre graduados, pero el PDI no debería ser juez y parte en este proceso.
El estudiante de expediente medio debe tener cabida porque la investigación y la docencia requieren motivación y capacitación, por igual, y porque el propio desempeño de la carrera permite desarrollar habilidades que un expediente académico no refleja en etapas incipientes. La universidad y la comunidad investigadora necesitan personas cualificadas tanto de «clase media» [1] como de «élites científicas». En la UGR, de media consolidada en los últimos cinco años, el ministerio concede 85 FPU, 25 FPI y 7 contratos predoctorales del Plan Propio. La universidad debe fortalecer los recursos dedicados a contratos predoctorales para evitar el abandono de potenciales investigadores/as [2], que no pueden entrar en las competitivas ayudas FPU [3] o selectivas FPI. Es otra forma de hacer una sociedad más igualitaria.
Costumbrismo universitario
En la universidad ante cambios normativos o de paradigma, es muy habitual escuchar frases del tipo «¿Y por qué no lo hacemos como siempre? ¿Por qué hay que cambiar si así funcionamos bien? No se pueden cambiar las reglas a mitad de partido» Vivimos un cambio de paradigma en la vertebración interna de la Universidad española y con ella, en las reglas que regulan muchas de nuestras acciones e interacciones.
Universidad e Iglesia pugnan por ser la institución más inmovilista, de secular parsimonia. A pesar de encontrarnos ante un panorama de constante excepcionalidad (falta de financiación predoc, recortes a discreción en I+D, acreditación inflacionaria, estabilización tardía), a la plantilla estable (cuerpos docentes) nos cuesta salir de nuestra zona de confort indolente, de las normas de uso y costumbres [1], de los hechos consumados, de los derechos adquiridos (libertad de cátedra) y nos incomodan los discursos disruptivos, etiquetados superficialmente como vehementes y desafiantes, incluso insolidarios.
Seguimos regulándonos con criterios anacrónicos basados en principio de autoridad (magister dixit), escalafón y tiempo de servicio. Esto colisiona con la toma colegiada de decisiones y evita que la plantilla de refresco se anime al relevo en liderazgo. Tampoco es defendible la meritocracia per se pero sí el mérito junto con la disposición a asumir responsabilidades en el momento oportuno de la carrera académica [2]. Con la creatividad y voluntad suficientes es posible encontrar criterios que consigan dirimir las situaciones que correspondan sin arbitrariedades, protegiendo a los más débiles (PIF, PDI no permanente, PDI no funcionario) y considerando imponderables como la praxis docente y las habilidades blandas (soft-skills): mejora continua, búsqueda de sinergias, gestión de conflictos, iniciativas por el interés general…
Evolución en la presentación de propuestas para proyectos de investigación
Hasta el Plan Nacional de I+D+i 2008-2011, el formato de memoria científico-técnica y de curriculum vitae [1][2], que tradicionalmente el Ministerio correspondiente requería para las solicitudes de las convocatorias, no tenía límite de extensión ni utilizaba la terminología propia de los proyectos europeos (working package, milestone, deliverables, Gantt diagram, person-hours, advisory board, data management plan). La falta de formación para la preparación de propuestas de investigación, a diferencia de lo que ocurre ahora [3], incentivó la tendencia a engordar los curricula como las memorias a la vez que se confundían la motivación o estado del arte con autocitación, objetivos con tareas, hitos con final de tareas, EDP (equivalente a dedicación plena) con persona-horas… Pero con el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 [4][5] hubo un cambio en el modelo de evaluación para la captación de financiación. Pasó de ser extensiva, a intensiva. El formato de CV se redujo a 4 páginas con unos epígrafes muy concretos y datos bibliométricos del investigador [6]. La extensión de la memoria también se redujo a 20 páginas y sin posibilidad de modificación del tipo de letra ni formato, so pena de ser excluido [7]. Al mismo tiempo, los evaluadores pedían concreción, claridad y atractivo visual a la memoria, más allá de páginas llenas de texto, con ocasionales vaguedades. La idea era clara: la lectura de la memoria tenía que ser agradable y fácil, a la vez que honesta y convincente. De todos modos, esto es una condición necesaria pero no suficiente. Una propuesta mal armada/justificada o de poco impacto, tampoco tendrá éxito a pesar de la forma de presentarla. Existen manuales para preparar propuestas en el contexto actual [8].
Sabías que …
Aquí se recogen algunas curiosidades del sector PDI:
- Los profesores universitarios no se integran en la Administración General del Estado.
- Un profesor universitario a tiempo completo tiene prohibido “realizar otras actividades en el sector público o privado” [1] [2]. Los profesores universitarios a tiempo completo tienen la consideración de especial dedicación por ello no pueden compatibilizar su actividad con el ejercicio de actividades privadas por el que perciban complementos específicos, o concepto equiparable, aún cuando su cuantía no supere el 30 por 100 de su retribución básica. En este enlace puede encontrar el Personal docente e investigador funcionario con Resolución de autorización o reconocimiento de compatibilidad [3].
- La edad media del PDI en universidades públicas es de 50,1 años y el 15,2% del PDI se encuentra en proceso de jubilación (de 60 a 66 años) [4][5].
- Sólo tres grupos profesionales pueden seguir en activo hasta los 70, y entre ellos está el cuerpo docente universitario. Ningún otro cuerpo docente del estado tiene esta exención. Por contra, en la UGR, el PDI con 60 o más años puede solicitar reducción de carga docente. Sin embargo, no existe un equivalente de reducción de actividad investigadora.
- Una persona que gana una plaza de profesorado de la UGR no tiene derecho de vinculación exclusiva a la actividad docente e investigadora asociada a la plaza, ni limitará la competencia de la UGR para asignarle distintas obligaciones docentes. En las Normas provisionales para adaptar el modo de elección de las comisiones de selección y evaluación, respectivamente, y los criterios de valoración para los concursos a cuerpos docentes universitarios y a plazas de profesorado permanente laboral a la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario aparece como disposición transitoria tercera:
<<La existencia de dichas especificaciones, en ningún caso, supondrá para quien obtenga la plaza, un derecho de vinculación exclusiva a esa actividad docente e investigadora, ni limitará la competencia de la Universidad de Granada para asignarle distintas obligaciones docentes e investigadoras.>>
- Existe una Asociación de Profesorado Emérito de las Universidades de Andalucía [7]. No hay tales asociaciones de profesorado ayudante doctor, contratado doctor o de cuerpos docentes universitarios. El motivo podría ser que los diferentes sindicatos ya velan por los derechos de los trabajadores en activo.
- Los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios cuyo acceso se produjo posterior al 1 de enero de 2011, quedan adscritos al Régimen General de la Seguridad Social, no al de clases pasivas.
- Por calendario lectivo se entiende el establecido anualmente por cada universidad en función de la programación de sus actividades docentes. En él se especificarán los períodos del curso académico en los que se desarrollarán las actividades lectivas, así como los periodos de tutorías, exámenes o evaluación y seguimiento de los estudiantes. Por calendario académico se entiende, con las especificaciones que determine cada universidad, aquellos periodos del año natural en los que podrán desarrollarse las actividades académicas, definidas de acuerdo con lo dispuesto en este real decreto, y que incluyen no sólo las actividades docentes, sino también las de investigación, gestión, innovación y transferencia.
- Muchas de las dudas que surgen durante el ejercicio docente fueron consultas resueltas por diferentes defensores universitarios UGR. Revise sus informes [15].