Hoy vamos a hablar de las brechas de seguridad. Como ya indiqué en una entrada anterior tenemos que notificar las brechas a la Agencia Española de Protección de Datos en un plazo de 72 horas por parte del encargado del tratamiento de los datos. En la UGR podemos dirigirnos a la Oficina de Protección de Datos, a la Delegada de Protección de Datos o al Servicio de Seguridad Informática del CSIRC, para conseguir asesoramiento o para tramitar la comunicación de la Brecha.
El RGPD define, de un modo amplio, las “violaciones de seguridad de los datos personales” como “todas aquellas violaciones de la seguridad que ocasionen la destrucción, pérdida o alteración accidental o ilícita de datos personales transmitidos, conservados o tratados de otra forma, o la comunicación o acceso no autorizados a dichos datos.”
La Agencia de Protección de Datos ha editado una Guía sobre brechas de seguridad, podemos verla aquí, o si deseamos comunicar una Brecha podemos hacerlo sede electrónica de la Agencia de Protección de Datos. Siempre antes de comunicarlo debemos notificarlo dentro de UGR a los actores que aparecen en negrita en el párrafo primero.
Veamos algunos ejemplo en tono de humor en este enlace.